Artículo 1Solicitud de afiliación
Toda persona que desee afiliarse a ATLAS dirige su solicitud por escrito a la junta. La junta resuelve en un plazo de treinta días. La junta no está obligada a motivar una denegación.
El presente reglamento interno completa los estatutos de ATLAS, asociación de la ley francesa de 1901 (RNA W232006771). En caso de contradicción, prevalecen los estatutos. Puede modificarse por decisión de la junta por mayoría simple; toda modificación se comunica en un plazo de quince días y se ratifica en la siguiente asamblea general. El texto en francés es el auténtico; esta traducción se ofrece a título informativo.
Toda persona que desee afiliarse a ATLAS dirige su solicitud por escrito a la junta. La junta resuelve en un plazo de treinta días. La junta no está obligada a motivar una denegación.
Importe inicial: 150 euros al año. Tarifa reducida de 50 euros para los 1 000 primeros socios.
La cuota anual es firme y definitiva. No se reembolsa en caso de baja, exclusión o falta de uso, salvo error de pago debidamente constatado.
Las donaciones manuales son irrevocables conforme al artículo 894 del Código civil francés. No podrá solicitarse ningún reembolso tras el pago.
Las aportaciones son objeto de un convenio individual. El material (200 000 €) se transfiere en plena propiedad a ATLAS con condición resolutoria (artículo 21 de los estatutos): en caso de disolución o de revocación/exclusión de Christophe Tétard, el material le revierte de pleno derecho.
Todo socio al corriente de pago recibe una tarjeta de socio nominativa e intransferible que da acceso a los archivos, a las formaciones (descuento del 20 %), a las asambleas generales y a los eventos internos.
La junta se reúne al menos una vez por trimestre, con un preaviso de ocho días, de forma presencial, por videoconferencia o en formato híbrido. El acta se difunde en versión provisional en un plazo de ocho días y se aprueba en la reunión siguiente.
Cada miembro de la junta elabora un informe mensual escrito antes del día 5 del mes siguiente. Tres meses sin informe y sin justificación pueden dar lugar a un procedimiento de revocación.
Los pagos en efectivo se limitan a 500 € por operación.
El laboratorio y la sede de la asociación se encuentran en 5 rue Hyacinthe Montaudon, 23300 La Souterraine (Creuse, Francia).
El material presente en los locales a 19 de septiembre de 2026 (valorado en 200 000 €) es propiedad de ATLAS en virtud del acta de transferencia ref. APPORT-001 de 19 de septiembre de 2026, sujeta a una condición resolutoria expresa en beneficio de Christophe Tétard (disolución o revocación/exclusión). La asociación se compromete a no ceder estos bienes sin su acuerdo por escrito.
La asociación suscribe un seguro que cubre el material y la responsabilidad civil de los socios. El tesorero vela por su mantenimiento y renovación.
Normas de seguridad obligatorias e innegociables:
Todo desarrollo tecnológico realizado en el marco de las actividades de ATLAS, con sus recursos o en sus locales, pertenece de pleno derecho a la asociación ATLAS.
Los trabajos e invenciones anteriores al 19 de septiembre de 2026, realizados fuera del marco asociativo, siguen siendo propiedad exclusiva de su autor. La patente InfiniX y las investigaciones previas de Christophe Tétard constituyen aportaciones valoradas según un convenio de aportación individual.
El comité técnico está compuesto por el presidente, el asesor jurídico, Pierrick Morin (miembro de honor, experto técnico de referencia) y expertos externos cooptados. Sus decisiones son consultivas; la decisión final corresponde a la junta.
La obligación de confidencialidad es estricta para todo socio, colaborador, miembro de honor o visitante. La junta puede solicitar un acuerdo de confidencialidad (NDA). En caso de incumplimiento:
Toda comunicación pública en nombre de la asociación debe ser validada por el presidente.
El comité técnico evalúa las candidaturas en un plazo de treinta días. Criterios: carácter alternativo, viabilidad técnica, adhesión a los valores de ATLAS, potencial de código abierto.
Las formaciones son validadas por la junta antes de cualquier comunicación pública.
Los gastos se reembolsan previa presentación de justificantes, tras la validación del tesorero, dentro de los límites fijados por la junta.
El correo electrónico es el medio de comunicación principal. La falta de respuesta en un plazo de ocho días equivale a acuerdo tácito.
El reglamento puede modificarse por decisión de la junta por mayoría simple. Toda modificación se comunica en un plazo de quince días y se ratifica en la siguiente asamblea general.
El presente reglamento entra en vigor el 19 de septiembre de 2026, fecha de su adopción en la asamblea general constitutiva. Se comunica a todo nuevo socio en el momento de su afiliación.